Un consumidor en Austria solicitó en línea un contrato de electricidad con Unsere Wasserkraft | go green energy. En menos de un minuto recibió un correo de bienvenida como nuevo cliente, seguido de una negativa por motivos de crédito. La comercializadora había obtenido una puntuación de crédito de KSV1870, la mayor agencia de crédito de Austria: 403. La comercializadora rechaza automáticamente cualquier solicitud con una puntuación de 400 o superior, y tramita aproximadamente entre 6.000 y 10.000 solicitudes de suministro de energía al mes a través de este filtro.

El denunciante, representado por el grupo de privacidad noyb, acudió a la Autoridad Austriaca de Protección de Datos el 29 de agosto de 2024. En la decisión D124.1994/24, de 25 de septiembre de 2025, la autoridad aplicó la sentencia SCHUFA del TJUE de 2023 (C-634/21): dado que la puntuación fue un criterio decisivo —si no el único— en la decisión contractual, KSV1870 había efectuado ella misma una decisión automatizada conforme al artículo 22, apartado 1, del RGPD. Se rechazó su argumento de que se limitaba a facilitar una recomendación. La autoridad prohibió a KSV1870, con efecto inmediato, puntuar a este denunciante para la toma de decisiones automatizadas sin consentimiento.

La negativa de la comercializadora se consideró lícita al amparo de la excepción contractual del artículo 22, apartado 2, letra a), por lo que la denuncia contra ella en ese punto no prosperó; no obstante, la autoridad constató que la comercializadora había incumplido su deber de informar al denunciante sobre la decisión automatizada y de explicarle su lógica. Cabe destacar que la puntuación fue posteriormente revisada manualmente y rebajada; la autoridad observó que la puntuación inferior era la mejor.

La DSB prohibió a KSV1870 con efecto inmediato puntuar a este cliente para decisiones automatizadas sin consentimiento; ambas empresas incumplieron sus deberes de transparencia.

La decisión extiende SCHUFA del crédito a los servicios públicos: una puntuación filtrada por umbral en una alta de electricidad es una decisión del artículo 22 con derecho a explicación.

La agencia de crédito, y no solo la empresa que trata con el cliente, soporta el deber del artículo 22: «solo facilitamos una recomendación» no sobrevivió al contacto con un umbral estricto de 400.

Ambas partes incumplieron la transparencia de forma independiente: negativa lícita, silencio ilícito sobre la maquinaria que la sustentaba.

La revisión humana posterior produjo una puntuación mejor, prueba de que la decisión de la automatización era errónea en los hechos, no solo insuficientemente explicada.

Tras la sentencia SCHUFA del TJUE, una puntuación que determina la respuesta es una decisión, no un consejo, y la agencia de crédito que la calcula debe cumplir con la obligación de información, no solo la empresa que la utiliza.

La prohibición contra KSV1870 surtió efecto inmediato respecto de los datos de este denunciante, y la decisión (publicada en forma censurada a través de noyb) se mantiene como la aplicación austriaca de la doctrina SCHUFA a la puntuación crediticia automatizada en contratos de consumo. La comercializadora, absuelta en cuanto a la propia negativa, sigue incurriendo en declaraciones de incumplimiento en materia de información para el filtro de sus 6.000 a 10.000 solicitantes mensuales.

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Las fuentes

  1. Austria's Privacy Regulator Held a Credit Bureau Made an Automated Decision on Electricity Headlights · useheadlights.com ·
  2. DSB decision D124.1994/24 (redacted, hosted by noyb) noyb.eu · noyb.eu ·